Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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EXONERACIÓN DE IMPUESTOS
ADUANEROS Y FISCALES
DECRETO No. 71, Aprobado el 13 de Septiembre de 1979
Publicado en La Gaceta No. 14 del 20 de Septiembre de 1979
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Exonérase del pago de todo tipo de impuestos
aduaneros y fiscales, a todas las donaciones de bienes consignados
al Gobierno de Nicaragua, que hubieren sido introducidos al
territorio nacional, a partir del 19 de julio del año en curso,
como contribución al proceso de reconstrucción nacional.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia hoy,
desde el momento de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior
en el Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de
septiembre de mil novecientos setenta y nueve. "Año de la
Liberación Nacional".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Violeta B. de
Chamorro. - Sergio Ramírez Mervado. Moisés Hassan Morales. Alfonso
Robelo Callejas. - Daniel Ortega Saavedra.
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