Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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EXENCIÓNANSE DEL IMPUESTO
GENERAL DE VENTAS E INDUSTRIAS CLASIFICADAS DE ACUERDO A LA LEY DE
PROTECCIÓN Y ESTIMULO AL DESARROLLO INDUSTRIAL
DECRETO EJECUTIVO No. 45 DIE; Aprobado el 29 de Junio de
1968
Publicado en La Gaceta No. 149 del 03 de Julio de 1968
EXENCIÓNANSE DEL IMPUESTO GENERAL DE VENTAS E INDUSTRIAS
CLASIFICADAS DE ACUERDO A LA LEY DE PROTECCIÓN Y ESTIMULO AL
DESARROLLO INDUSTRIAL
DECRETO No. 45
DIE
EL PRESIDENTE DE
LA REPUBLICA,
En uso de las facultades que le
confiere el Arto. 195 Cn., inciso Tercero,
CONSIDERANDO:
PRIMERO: Que el artículo 195 Cn., inciso tercero, faculta al
poder Ejecutivo a reglamentar las leyes sin transgredirlas ni
desnaturalizarlas en su finalidad primordial.
SEGUNDO: Que para la perfecta Administración de los
Impuestos por parte del Poder Ejecutivo se hace necesario su
reglamentación.
DECRETA:
Artículo 1.- Exenciones del Impuesto General de Ventas 5%, a
las materias primas, productos semi-elaborados y enveses utilizadas
por las industrias clasificadas de acuerdo a la Ley de Protección y
Estimulo al Desarrollo Industrial.
Asimismo quedan exentas de este impuesto las empresas nacionales
que produzcan materias primas, productos semi-elaborados y envases,
únicamente por las cantidades que vendan otras empresas
clasificadas y que destinen estos insumos exclusivamente para su
producción industrial.
A este efecto las industrias clasificadas deberán de solicitar esta
exención en la solicitud que de acuerdo con la mencionada Ley de
Protección y Estímulo al Desarrollo Industrial realicen para
exención de los demás impuestos.
Artículo 2.- Igualmente quedan exentos del pago de este
impuesto General de ventas las exportaciones de artículos
manufacturados.
Artículo 3.- Este Decreto entrará en vigor el día de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
veintinueve días del mes de Junio de mil novecientos sesenta y
acho. A. SOMOZA D., Presidente de la República. ARNOLDO RAMÍREZ
EVA, Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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