Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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ESTRATEGIA NACIONAL DE DEUDA
PÚBLICA 2013-2015
DECRETO No. 45-2012, Aprobado el 29 de Noviembre de
2012
Publicado en La Gaceta No. 241 del 17 de Diciembre de 2012
CASA DE GOBIERNO
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO:
I
Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional, definió entre
sus prioridades la reducción de la pobreza y el crecimiento
económico dentro de un marco de estabilidad macroeconómica, que
hace necesario el diseño y la ejecución de una Estrategia Nacional
de Deuda Pública consistente con esos objetivos.
II
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, es el órgano
rector del Sistema de Administración Financiera del Sector Público,
de conformidad con el artículo 8, literal a, de la Ley No 550, Ley
de Administración Financiera y del Régimen Presupuestario y a lo
establecido en el artículo 21 inciso b de la Ley No 290, Ley de
Organización, Competencia y Procedimiento del Poder Ejecutivo y
artículos 113 y 114 del Reglamento y sus reformas
III
Que el Ministerio de Hacienda y Crédito Público es el organismo
encargado de rectorear la formulación de una Estrategia Nacional de
Deuda Pública, de conformidad con el artículo 10 de la Ley No 477,
Ley General de Deuda Pública y su Reglamento.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
ESTRATEGIA NACIONAL DE DEUDA PÚBLICA 2013-2015
Artículo 1. Aprobación.
Mediante el presente decreto se aprueban los lineamientos de la
Estrategia Nacional de Deuda Pública 2013-2015 bajo los cuales se
regirán todas las instituciones del sector público conforme el
artículo 2 de la Ley No 477, Ley General de Deuda Pública y su
reglamento.Artículo 2. Objetivo General.
El objetivo general de la Estrategia Nacional de Deuda Pública
2013-2015 es asegurar los recursos necesarios para financiar las
metas establecidas en los Planes del Gobierno de Reconciliación y
Unidad Nacional para los próximos tres años. Al mismo tiempo, la
estrategia prioriza la contratación de fondos concesionales y
define fuentes de financiamiento no-tradicionales para cubrir
cualquier caída en los recursos blandos.Artículo 3. Lineamientos Generales.
1. Minimizar el aumento en las contrataciones
no-tradicionales durante los próximos tres años. Todo esto con el
fin de mantener la deuda dentro de los límites aceptables en
términos de sostenibilidad.
2. Fortalecer el desempeño en la gestión de la deuda pública.
Artículo 4. Lineamientos Generales de Deuda
Externa.
·Alcanzar la sostenibilidad de la deuda pública externa medida como
la relación del saldo de la deuda externa al producto interno
bruto, esto último podrá oscilar entre el 40.0-50.0 por ciento.·Minimizar las contrataciones no-tradicionales, estas deberán ser
menos del 40.0 por ciento en promedio durante la implementación de
la estrategia.
·Mantener el tiempo promedio de maduración, similar al observado a
finales del 2011, para la deuda externa durante los próximos
años.
·Mantener la proporción de deuda fija versus deuda variable del
saldo de la deuda por encima del 79.0 por ciento.Artículo 5. Lineamientos Específicos de la Deuda
Externa.
1. Concluir el proceso de negociación y formalización del alivio de
deuda externa previsto bajo la Iniciativa Países Pobres Muy
Endeudados.2. Definir límites anuales para el elemento de concesionalidad de
la deuda externa a ser contratada.
3. Mantener el tiempo promedio de maduración entre 15.5-13.5
años.
4. Mantener las contrataciones de deuda externa con tasa variable
entre el 20.0-25.0 por ciento del total contratado anualmente.Artículo 6. Lineamientos Generales de Deuda Interna.
Profundizar el mercado interno de los valores gubernamentales
mediante la estandarización de todos los instrumentos emitidos por
el Sector Público.
1. Mantener comunicación continua con los participantes del
mercado.
2 .Alcanzar y Mantener el tiempo promedio de maduración entre
5.8-6.2 años a finales del 2015.
Artículo 7. Lineamientos Específicos de la Deuda Interna
1. Emitir normativa para la estandarización de todos los
instrumentos a ser emitidos por el Sector Público.
2. Emitir únicamente valores estandarizados para todas las
obligaciones del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
3. Emitir valores estandarizados con un plazo mayor a 6 años.
Artículo 8. Actualización.La Estrategia Nacional de Deuda Pública 2013-2015 podrá ser
revisada y actualizada anualmente, de ser necesario, con el
propósito de ajustar los lineamientos aprobados en concordancia con
el desempeño macroeconómico del país y las prioridades del Gobierno
de Reconciliación y Unidad Nacional.
Artículo 9. Normas y Procedimientos.La Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público emitirá normas, políticas y procedimientos que
garanticen la aplicación de los lineamientos de la Estrategia
Nacional de Deuda Pública 2013-2015.Artículo 10. Monitoreo y Evaluación.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá presentar al
Presidente de la República a más tardar el 31 de marzo de cada año,
un informe anual de evaluación de la Estrategia Nacional de Deuda
Pública 2013-2015.Artículo 11. Vigencia.La Estrategia Nacional de Deuda Pública 2013-2015 regirá por un
período de tres años contados a partir del primero de enero del año
2013. Dicha Estrategia, será publicada en la Gaceta Diario Oficial.Artículo 12.
El presente decreto entrará en vigencia a partir del primero de
enero del 2013, sin perjuicio de su publicación en la Gaceta Diario
Oficial,
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día veintinueve de Noviembre del año dos mil doce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Iván Acosta Montalván, Ministro de Hacienda y
Crédito Público.
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