Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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ELEVASE EL PRECIO DE LOS
FOSFOROS
No. 4, Aprobado el 29 de Enero de 1951
Publicado en La Gaceta No. 21 del 31 Enero de 1951
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
En uso de sus facultades que le confiere el Decreto Legislativo de
6 de Mayo de 1931, sobre el estanco de Fósforos, etc.
DECRETA:
Artículo 1.- A partir de la fecha de la publicación del
presente en La Gaceta, el precio de venta de cada cajetilla de
fósforos, de fabricación nacional o extranjera, será de Quince
Centavos (C$ 0.15), dejando así reformada la parte final del Arto.
4 del Reglamento del Estanco de Fósforos.
Artículo 2.- Derogase cualquier disposición que se oponga al
presente Decreto, inclusive el Decreto No. 12 del 31 de Octubre de
1939.
Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial a los veintinueve días
del mes de Enero de mil novecientos cincuenta y uno.-
SOMOZA.- El Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y
Crédito Público, Rafael A. Huezo.
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