Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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DUELO NACIONAL
DECRETO No. 36-94, Aprobado el 8 de Septiembre de 1994
Publicado en La Gaceta No. 174 del 20 de Septiembre de 1994
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
ÚNICO
Que el Señor FERNANDO CHAMORRO RAPACCIOLLI, falleció el día 6 de
Septiembre del corriente año y en razón de la lucha inclaudicable
por la democracia, en contra de las dictaduras, que realizó por más
de cuarenta años en forma abnegada.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
DUELO NACIONAL
Artículo 1.- Expresar en nombre del Gobierno y Pueblo de
Nicaragua, a la familia doliente, el más profundo pésame ante la
sensible pérdida del Señor FERNANDO CHAMORRO
RAPACCIOLLI.
Artículo 2.- Decretar Duelo Nacional el día de hoy ocho de
Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro, durante el cual la
Bandera Nacional deberá permanecer izada a media asta en todos los
edificios públicos.
Artículo 3.- El presente Decreto surte sus efectos a partir
de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los ocho
días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
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