Duelo Nacional 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Ejecutivos - DUELO NACIONAL DECRETO No. 11-95, Aprobado el 28 de Marzo de 1995 Publicado en La Gaceta No. 69 del 07 de Abril de 1995 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que el Profesor y Escritor FIDEL COLOMA GONZÁLEZ, autor de muchas obras didácticas, forjador de generaciones y gran estudioso y editor de las obras de RUBÉN DARÍO, falleció el día de ayer en esta ciudad. II Que por su valioso aporte a la cultura y a la educación, es deber ineludible del Gobierno y del mismo pueblo nicaragüense expresar el reconocimiento y rendir los honores y homenaje que corresponden a tan ilustre persona. POR TANTO: En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Decreto de: DUELO NACIONAL Artículo 1.- Expresar en nombre del Gobierno y Pueblo de Nicaragua, a la familia doliente, el más profundo pésame ante la sensible pérdida del Profesor y Escritor FIDEL COLOMA GONZÁLEZ. Artículo 2.- Decretar Duelo Nacional el día de hoy veintiocho de Marzo de mil novecientos noventa y cinco, durante el cual la Bandera Nacional deberá permanecer izada a media asta en todos los edificios públicos e instalaciones militares de la República. Artículo 3.- Nombrar una delegación de alto nivel que en representación del Gobierno de la República exprese sus condolencias a la familia doliente, y asista a las honras fúnebres que (en) esta capital se tributen en memoria del Profesor y Escritor FIDEL COLOMA GONZÁLEZ. Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de comunicación social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, el día veintiocho de Marzo de mi novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA. -