Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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DOS NUEVOS INCISOS EN CÓDIGO DE
IMPORTACIONES
No. 29; Aprobado el 04 de Abril de 1959
Publicado en La Gaceta No. 224 del 03 de Octubre de 1959
DOS NUEVOS INCISOS EN CÓDIGO DE IMPORTACIONES
No. 29
EL PRESIDENTE DE
LA REPÚBLICA,
A insinuación de la Comisión Central Aduanera y en uso de las
facultades que le concede el Arto. 23 del Código Arancelario de
Importaciones:
DECRETA:
Artículo 1.- Abrese la subpartida 831-01-02 del Código
Arancelario de Importaciones y créanse dentro de ella dos incisos,
los cuales tendrán las siguientes numeraciones, descripciones y
gravámenes:
Especifico
Advalorem
831-01-02
Mochilas, morrales, bolsones, sacos
de viaje, bolsa de compra y otros artículos similares, de toda
clase de materiales (excepto de materiales vegetales
trenzados)
831-01-02-01
Cajas para herramientas de metales
comunes
0.20
10%
831-01-02-2
Los demás
2.00
20%
Artículo 2.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial, Managua, D. N., a los cuatro días del
mes de Abril de mil novecientos cincuenta y nueve.- (f) LUÍS A.
SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) KARL J. C. H.
HUECK, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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