Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Transporte
Rango: Decretos Ejecutivos
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DISPOSICIÓN SOBRE EL FERROCARRIL
CENTRAL
Aprobado el 1 de Diciembre de 1901
Publicado en La Gaceta No. 1528 del 15 de Diciembre de 1901
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
CONSIDERANDO:
Que hasta la presente fecha no han llegado todos los materiales
indispensables para la terminación de la obra de la División
Central del Ferrocarril Nacional, pedidos por medio de la casa de
comercio de los señores E. Palacio y C., y que por lo mismo no se
ha satisfecho aún á dicha casa de comercio el valor total del
pedido,
ACUERDA:
1º - Disponer que el producto de los fletes de ferrocarril y
vapores nacionales y del muellaje del café destinado á la
exportación, desde el día seis de Diciembre corriente hasta el
treinta y uno de Julio del año mil novecientos dos, sea cobrado por
los señores E. Palacio y C. en abono de su cuenta.
2º - Que por las Contadurías Fiscales de la empresa del Ferrocarril
Nacional se libren las órdenes é instrucciones conducentes á fin de
que, del mismo modo que se procedió durante la exportación de la
cosecha anterior, se practique ahora el trasporte del café, pagando
á los señores E. Palacio y C. ó á sus apoderados, en la Estación de
Corinto y en la de Granada-Muelle el valor de fletes y
muellajes.
Comuníquese.- Managua, 1º de Diciembre de 1901.- Zelaya.- El
Ministro de Fomento, por la ley.- Román y Reyes.
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