Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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DISPOSICIÓN RELATIVA AL PAPEL
SELLADO
Aprobado el 20 de Noviembre de 1901
Publicado en La Gaceta No. 1520 del 6 de Diciembre de 1901
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
DECRETA:
1º - Se escribirán en papel sellado de $ 2.00, todos los documentos
oficiales que habiéndose extendido en papel simple se pidan de
ellos copias por duplicado, conforme á la ley, como órdenes,
resoluciones, etc., autorizadas por los Ministerios y demás
oficinas administrativas.
2º - El presente decreto empezará á regir desde su
publicación.
Dado en Managua, á los veinte días del mes de Noviembre de mil
novecientos uno.- J. S. Zelaya.- El Ministro de Hacienda.-
Félix P. Zelaya R.
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