Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y
TRASLADO DE ACTIVOS Y PASIVOS DE LA CORPORACIÓN
NICARAGÜENSE DE IMPORTACIONES Y SERVICIOS AGROPECUARIOS
(IMSA)
DECRETO No. 81-98. Aprobado el 20 Noviembre 1998.
Publicado en La Gaceta No. 228, del 26 Noviembre 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO:
I
Que existen Corporaciones creadas con anterioridad a la presente
Administración, las cuales fueron adscritas a la Junta General de
Corporaciones Nacionales del Sector Público (CORNAP), mediante
Decreto-Ley No. 7-90 y que actualmente por una u otra circunstancia
no tienen razón de existir.
II
Que es política del Gobierno de la República de Nicaragua adoptar
los pasos necesarios para depurar y agilizar el proceso de
ordenamiento de las entidades, corporaciones y empresas del Estado,
entre las cuales se encuentra la Corporación Nicaragüense de
Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA).
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DISOLUCIÓN, LIQUIDACIÓN Y TRASLADO DE ACTIVOS Y PASIVOS DE LA
CORPORACIÓN
NICARAGÜENSE DE IMPORTACIONES Y SERVICIOS AGROPECUARIOS
(IMSA)
Artículo 1.- Procédase a la Disolución de la Corporación
Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA),
facultándose a la Junta General de Corporaciones Nacionales del
Sector Público (CORNAP), a realizar todas la operaciones
conducentes a la Disolución ordenada en este Decreto.
Artículo 2.- Delégase a la Junta General de Corporaciones
Nacionales del Sector Público para que proceda conforme con los
términos del Artículo 20 del Decreto N° 362 Ley de la Corporación
Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios (IMSA),
publicado en La Gaceta, Diario Oficial N° 102 del 31 de Mayo de
1988.
Artículo 3.- Trasládense los activos y pasivos de la
Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios Agropecuarios
(IMSA) y las empresas que tiene asignadas bajo su administración y
control, a la Junta General de Corporaciones Nacionales del Sector
Público (CORNAP), y como consecuencia del traslado, la Junta
General de las Corporaciones Nacionales del Sector Público
(CORNAP), es la sucesora legal sin solución de continuidad de todos
los derechos, obligaciones, bienes y acciones que se le trasladan y
que posee la Corporación Nicaragüense de Importaciones y Servicios
Agropecuarios (IMSA).
Artículo 4.- La Junta General de Corporaciones Nacionales
del Sector Público (CORNAP) procederá a inventariar la cartera, los
derechos, bienes, acciones y levantar el balance contable
actualizado de la Corporación Nicaragüense de Importaciones y
Servicios Agropecuarios (IMSA) con el fin de determinar sus montos
y características.
Artículo 5.- Derógase el Decreto No. 362 del 30 de Mayo de
1988, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 102 del 31 de Mayo
de 1988.
Artículo 6.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinte de
Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMAN
LACAYO .- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
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