Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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DERÓGASE PÁRRAFO FINAL DEL ARTO.
9 DE LA LEY ÓRGANICA
DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA
DECRETO No. 8-L. Aprobado el 13 de Abril de 1962.
Publicado en La Gaceta No. 130 del 12 de Junio de 1962.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el Decreto Legislativo No.
673 de 10 de Abril próximo pasado,
DECRETA:
Artículo 1.- Derógase el párrafo final del Arto. 9 de la Ley
Orgánica del Banco Central de Nicaragua.
Artículo 2.- Este Decreto comenzará a regir desde su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial a los trece días del mes de Abril de mil
novecientos sesenta y dos.- LUIS A. SOMOZA D.- PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA.- J. J. LUGO MARENCO.- MINISTRO DE ESTADO EN
EL DESPACHO DE ECONOMÍA.
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