Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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"DERÓGASE DECRETO EJECUTIVO No.
99-DRN DE 27 DE SEPTIEMBRE DE 1968 RELATIVO A ZONA PESQUERA
NACIONAL EN EL ATLÁNTICO
"DECRETO No. 190-DRN. Aprobado el 24 de Abril de
1972.
Publicado en La Gaceta No. 92 del 27 de Abril de 1972.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le confiere Arto. 195 Inciso 3 Cn.,
y el Arto. 13 del Decreto Legislativo No. 557 del 20 de Marzo de
1961, publicado en "La Gaceta, Diario Oficial No. 32 del 7 de
febrero de 1961,
DECRETA:
Artículo 1.- Se deroga el Decreto Ejecutivo No. 99-DRN del
27 de Septiembre de 1968, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial
No. 225 del 2 de Octubre del mismo año.
Artículo 2.- Se limita la efectiva operatividad de la
flota camaronera en la Zona Pesquera Nacional correspondiente al
Océano Atlántico, a la actividad pesquera de cien embarcaciones;
sin embargo, para poder mantener esa operatividad pesquera, se fija
el cupo de la flota camaronera en ciento sesenta embarcaciones.
Artículo 3.- Para que la operatividad no exceda en ningún
caso de las 100 embarcaciones indicadas por el articulo anterior,
la Dirección General de Riquezas Naturales a través de las
Comandancias de Armas, Capitanías de Puertos Inspectores de Pesca,
tomará las medidas y providencias necesarias, de conformidad con el
Artículo 47 de la Ley General sobre Explotación de las Riquezas
Naturales.
Artículo 4.- Este Decreto entrará en vigor a partir de
esta fecha y deberá publicarse en su oportunidad, en "La Gaceta",
Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
veinticuatro días del mes de Abril de mil novecientos setenta y
dos.- (f) A. SOMOZA.- Presidente de la República. - (f)
JUAN JOSÉ MARTÍNEZ L.- Ministro de Economía, Industria y
Comercio".
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