Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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DERÓGANSE DECRETOS NOS. 1217 Y
1278
Decreto No. 485 de 25 de enero de 1990
Publicado en La Gaceta No. 27 de 7 de Febrero de 1990
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
Que es necesario impulsar medidas que contribuyan al proceso de
concertación económica,
En uso de sus facultades,
DECRETA:
Artículo 1.- Deróganse los Decretos No. 1217 del 18 de Marzo
de 1983, publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 67 del 22 de
ese mismo mes y año, y el Decreto No. 1278 del 15 de Junio de 1983,
publicado en "La Gaceta", Diario Oficial No. 163 del 15 de Julio de
mismo año.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en cualquier medio de comunicación, sin
perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veinticinco días del mes de
Enero de mil novecientos noventa. "Año de la Paz y la
Reconstrucción". Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la
República.
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