Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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(DEROGADO DECRETO DEL 15 DE
JULIO DE 1911, RELACIONADO A SANCIONAR ALGUNAS DISPOSICIONES SOBRE
EL EXPENDIO DE AGUARDIENTE)
Decreto Ejecutivo No. 19. Aprobado el 14 de Agosto de
1929.
Publicado en La Gaceta No. 214 del 25 de Septiembre de 1929.
El Presidente de la República,
Considerando:
Que por disposición Legislativa de 15 de Mayo de 1929, fue
implantado un nuevo sistema para la venta de aguardiente en la
República, el cual fue puesto en práctica el 1º de Julio anterior;
Considerando:
Que el 15 de julio de 1911 fue promulgado un decreto ejecutivo,
tendiente a sancionar algunas disposiciones complementarias sobre
el expendio de aguardiente al por menor que hace casi
impracticables las finalidades que se persiguen con el
implantamiento de la nueva administración de la renta de licores;
Considerando:
Que el Artículo 17 del referido decreto legislativo de 14 de mayo
ppdo, faculta al Ejecutivo para dictar todas las disposiciones
administrativas tendientes a su aplicación,
Decreta:
Único:- A partir de esta fecha, que derogado en todas sus partes,
el decreto ejecutivo de 15 de julio de 1911.
Dado en el Palacio del Ejecutivo, a los catorce días del mes de
Agosto de mil novecientos veintinueve- J. M. Moncada- El Ministro
de Hacienda. Barberena.
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