Derogación Del Decreto No. 759

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - DEROGACIÓN DEL DECRETO No. 759 Decreto No. 40-95, Aprobado el 21 de Junio de 1995 Publicado en La Gaceta No. 120 del 28 de Junio de 1995 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que por Decreto No. 759 del 19 de julio de 1981, fueron afectadas por confiscación las siguientes empresas: Santa Mónica, S.A.; Inversiones Comerciales, S.A. (INCOSA); Corporación Plaza España, S.A.; Constructora Habitacional, S.A.; Sociedad General de Inversiones Urbanas, S.A.; Promotora Terranica, S.A.; Valle Gothel, S.A.; Sociedad General de Turismo, S.A.; Museo y Cultura, S.A.; AMCASA, S.A.; Jabonería Prego, S.A.; Fábrica de Productos Lácteos "La Perfecta", S.A.; Fábrica de Helados "La Perfecta", S.A.; Industrial Ganadera de Oriente, S.A. (IGOSA) y Matadero San Martín, S.A. II Que representantes de estas empresas al haber obtenido soluciones favorables a sus reclamos mediante devolución o compensación en su caso, y para aclarar su situación legal, han solicitado la derogación del mencionado Decreto No. 759 de Confiscación de Empresas, manifestando que varias de ellas, nuevamente bajo la administración de sus dueños están incrementando la inversión y ampliando sus actividades. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente Decreto de: DEROGACIÓN DEL DECRETO NO. 759 Artículo 1.- Se deroga el Decreto No. 759 de Confiscación de Empresas, de fecha diecinueve de Julio de mil novecientos ochenta y uno, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 162 del mismo mes y año. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veintiún días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco. VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de Nicaragua. -