Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
-
DEROGACIÓN DEL DECRETO No.
759
Decreto No. 40-95, Aprobado el 21 de Junio de 1995
Publicado en La Gaceta No. 120 del 28 de Junio de 1995
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que por Decreto No. 759 del 19 de julio de 1981, fueron afectadas
por confiscación las siguientes empresas: Santa Mónica, S.A.;
Inversiones Comerciales, S.A. (INCOSA); Corporación Plaza España,
S.A.; Constructora Habitacional, S.A.; Sociedad General de
Inversiones Urbanas, S.A.; Promotora Terranica, S.A.; Valle Gothel,
S.A.; Sociedad General de Turismo, S.A.; Museo y Cultura, S.A.;
AMCASA, S.A.; Jabonería Prego, S.A.; Fábrica de Productos Lácteos
"La Perfecta", S.A.; Fábrica de Helados "La Perfecta", S.A.;
Industrial Ganadera de Oriente, S.A. (IGOSA) y Matadero San Martín,
S.A.
II
Que representantes de estas empresas al haber obtenido soluciones
favorables a sus reclamos mediante devolución o compensación en su
caso, y para aclarar su situación legal, han solicitado la
derogación del mencionado Decreto No. 759 de Confiscación de
Empresas, manifestando que varias de ellas, nuevamente bajo la
administración de sus dueños están incrementando la inversión y
ampliando sus actividades.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
DEROGACIÓN DEL DECRETO NO. 759
Artículo 1.- Se deroga el Decreto No. 759 de Confiscación de
Empresas, de fecha diecinueve de Julio de mil novecientos ochenta y
uno, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 162 del mismo mes y
año.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
veintiún días del mes de Junio de mil novecientos noventa y cinco.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, Presidente de la República de
Nicaragua.
-