Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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DENOMINASE AÑO 1977 "AÑO DEL
DESARROLLO AGRO-INDUSTRIAL"
Decreto No. 157 del 1o de Enero de 1977
Publicado en La Gaceta No. 55 del 7 de Marzo de 1977
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Por Cuanto:
Por ser Nicaragua un país eminentemente Agrícola e Industrial,
actividades en que se fundamenta primordialmente la economía, y el
bienestar de los nicaragüenses todos está plenamente justificado
denominar el año 1977 "AÑO DEL DESARROLLO AGRO-INDUSTRIAL",
Por Tanto:
Decreta:
Primero: El año 1977 será denominado "AÑO DEL DESARROLLO
AGRO-INDUSTRIAL" y así deberá expresarse en todos los documentos
oficiales expedidos por el Poder Ejecutivo y autoridades de sus
dependencias, debiendo confeccionarse toda la papelería para uso
oficial, con el membrete que diga: "AÑO DEL DESARROLLO
AGRO-INDUSTRIAL";
Segundo: El presente decreto regirá desde el 1° de Enero de
mil novecientos setenta y siete.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., 1o. de Enero de
mil novecientos setenta y siete.- (f) A. SOMOZA, Presidente
de la República.- (f) J. Antonio Mora R., Ministro de
Gobernación".
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