Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO SOBRE SIEMBRA DE
TABACO
Aprobado el 22 de Julio de 1915
Publicado en La Gaceta No. 167 del 26 de Julio de 1915
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
De conformidad con la ley de 12 de mayo del corriente año,
DECRETA:
Art. 1.- Para la siembra de tabaco durante el corriente año,
señálanse las siguientes zonas:
1ª zona, el departamento de Masaya.
2ª zona, los departamentos de Granada, Managua y Rivas, y
3ª zona, el departamento de Chinandega.
Comuníquese Managua, 22 de julio de 1915 ADOLFO DÍAZ
El Ministro de Hacienda E. CUADRA.
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