Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
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(DECRETO SOBRE LA LEY DE
TRÁFICO)
DECRETO EJECUTIVO No.711, Aprobado el 30 de Mayo de
1946
Publicado en La Gaceta No. 115 del 1 de Junio de 1946
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
en uso de sus facultades,
Decreta:
Primero.- El Art. 91 de la Ley de Vehículos y Tráficos, de cinco de
Mayo de mil novecientos treinta y ocho, se leerá así:
Art. 91.- Todo conductor de vehículo que se aproxime a la
intersección de una calle, deberá conceder el derecho de pase en
tal lugar, a todos los vehículos que vengan por la Avenida, pero en
todos los puntos donde hayan Policías de Tráfico, éstos tendrán
facultades completas para regularlo.
Segundo.- El presente decreto surtirá sus efectos legales desde su
publicación en La Gaceta.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 30 de Mayo de
1946.- A. SOMOZA.- El Ministro de Policía, C. A.
Morales.
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