Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa, Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
DECRETO SOBRE CONSERVACIÓN DE
COCALES NACIONALES EN LA COSTA ATLÁNTICA
DECRETO EJECUTIVO, Aprobado el 25 de Septiembre de
1905
Publicado en La Gaceta No. 2630 del 4 de Octubre de
1905
El Presidente de la República, considerando: qué los cocoles
nacionales de la Costa Atlántica y de los cayos é islas adyacentes
constituyen unos de los principales ramos de la riqueza pública en
aquella región; y que es un deber del Gobierno procurar su
conservación, aumento y mejora, en uso de sus facultades,
Decreta:
Art. 10 Todos los poseederos de cocales
nacionales del litoral atlántico é islas adyacentes, deberán
mantenerlos limpios, rozándolos dos veces por año, en los meses de
febrero y agosto.
Art. 20 La distancia entre un cocotero y
otro deberá ser de seis yardas por lo menos, y los poseedores de
cocales nacionales estarán obligados para mantenerla, á entresacar
los árboles, destruyendo los raquíticos ó mal conformados.
Art. 30 La falta de cumplimiento de estas
disposiciones, será penada con multa de cincuenta centavos plata
por cada árbol que no esté, respecto de los otros, á la distancia
que fija esta ley, y con diez pesos plata por manzana, por cada vez
que no se limpie conforme lo establece el Art 10 del
presente decreto.
Art. 40 Los Gobernadores de Distrito queda
encargados de la ejecución de este decreto, y aplicarán
gubernativamente las multas de que habla el artículo anterior,
dando aviso para su cobro á la correspondiente oficina de
Hacienda.
Dado en Managua, á los veinticinco días del mes de septiembre de
mil novecientos cinco. J. S. Zelaya. El Ministro de Fomento
y Obras Públicas. José D. Gómez.
-