Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO POR QUE SE REFORMA Y
ADICIONA UN ARTÍCULO DEL REGLAMENTO POSTAL
Aprobado el 13 de julio de 1889
Publicado en La Gaceta No. 55 del 20 de Julio de 1889
El Presidente de la República, en uso de sus facultades, decreta:1º- De las cartas rezagadas del interior que, conforme al
inciso 4º del art. 381 del Reglamento Postal, deben incinerarse
después de abiertas y examinadas solamente las firmas en la
Dirección General del ramo, se devolverán bajo cubierta á los
remitentes, las que estén suscritas por personas de dirección
conocida.
2°.- El presente reforma y adiciona la disposición arriba
citada.
Dado en Managua, á 13 de julio de 1889 - E. Carazo.- El
Sub-Secretario encargado del despacho de Gobernación.- Pedro
González.
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