Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO POR EL QUE SE PROHÍBE LA
INTRODUCCIÓN DE TODA CLASE DE ESENCIAS DE LICOR
Aprobado el 8 de Enero de 1892
Publicado en La Gaceta No. 4 del 13 de Enero de 1892
El Gobierno: Observando que en la Tarifa vigente en le artículo
ESENCIAS no se hacen las debidas especificaciones, lo cual es
origen de perjuicio en los intereses fiscales, Decreta:
Art. 1.- Queda prohibida la introducción de toda clase de
esencias de licores.
Art. 2.- En estos términos queda reformada la mencionada
tarifa.
Dado en Managua: á 8 de enero de 1892- Roberto Sacasa- El
Ministro de Hacienda y Crédito Público- J. C.
Bengoechea.
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