Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO POR EL QUE SE FIJA LA
LÍNEA DIVISORA ENTRE MATAGALPA Y BOACO
Aprobado el 27 de Enero de 1891
Publicado en La Gaceta No. 26 del 1º de Febrero de 1891
El Presidente de la República, á sus habitantes-Sabed:-Que el
Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,
decretan:
Art. 1º - Para determinar la línea divisora y jurisdiccional
entre Matagalpa y Jinotega, se tomará como punto de partida el
medio de la distancia entre las dos ciudades.
Art. 2º - El resto de la línea, será resuelto por los
árboles nombrados ya por las respectivas Municipalidades de
conformidad con la ley de 16 de febrero de 1886, asistidos por un
Ingeniero nombrado y pagado por el Gobierno.
Art. 3º - En estos términos queda reformado el decreto
ejecutivo del 1º de enero corriente.
Dado en el Salón de sesiones de la Cámara del Senado-Managua, 27 de
enero de 1891-Toribio Tigerino, S. P.-Santana Romero,
S. S.-Víctor Cuadra, S. V. S.-Al P. E. Salón de sesiones de
la Cámara de Diputados-Managua, 28 de enero de 1891-H. Saballos
h., D. P.-Rafael A. Rivas, D. S.- Juan Salinas,
D. S.-Por tanto: Ejecútese-Managua, 28 de enero de 1891-I.
Chávez.-El Ministro de Gobernación, por la ley- José
Madriz.
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