Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO POR EL QUE SE AGREGA UN
INCISO AL ART. 38 DEL REGLAMENTO MILITAR
Aprobado el 18 de Julio de 1890
Publicado en La Gaceta No. 165 del 22 de Julio de 1890
El Presidente de la República, en uso de sus facultades
decreta:
1º - Al final del artículo 38 del Reglamento Militar expedido en 18
de julio de 1877 se agregará:
El mismo Jefe militar respectivo será el único competente para
aplicar al funcionario culpable cualquier otra pena á que por
derecho haya lugar; siendo de advertir, que la responsabilidad
civil que en su caso haya de exigirse, será después de declarada la
responsabilidad criminal.
2.- El presente decreto comenzará á regir desde su publicación y
deroga toda disposición que se le oponga.
Dado en Managua, á 18 de julio de 1890Roberto SacasaEl
Ministro de la GuerraFruto Paniagua.
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