Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO POR EL CUAL PUEDE EL
GOBIERNO CONCEDER EL DERECHO ESCLUSIVO PARA LA EXTRACCION DEL HULE
DE LOS BOSQUES NACIONALES
Dado el 10 de julio de 1860
Publicado en La Gaceta N° 28 del 14 de Julio de 1860
El Senador Presidente de la República de Nicaragua á sus
habitantes.
En uso de la facultad que le concede la ley de 11 de abril del
corriente año, para legislar en hacienda,
Decreta:
Art. 1.° El Gobierno puede conceder por medio de arreglos
ventajosos a la República el derecho esclusivo de extraer de los
bosques nacionales la leche de hule ó goma elástica, tanto á los
hijos del país como á los estrangeros que por tratados con su
nación gocen de iguales derechos.
Art. 2. ° El término por el que puede hacer tales
concesiones no excederá de quince años.
Art. 3. ° Queda derogada cualquiera otra disposición que
se le oponga.
Dado en Managua, á 10 de julio de 1860 Fernando Chamorro.
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