Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO No. 25 DE HACIENDA
(EMISIÓN POSTAL)
DECRETO No. 25, Aprobado el 21 de Febrero de 1959
Publicado en La Gaceta No. 63 del 16 de Marzo de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que ha visitado el país Su Eminencia Reverendísimo Cardenal
Francisco R. Spellman, Arzobispo de Nueva York, y con el objeto de
conmemorar tan magno acontecimiento.
POR TANTO
DECRETA
Artículo 1.- Autorízase para el Año Fiscal 1958 1959, una
Emisión Postal Conmemorativa de la visita a Nicaragua del
Eminentísimo Cardenal Francis R. Spellman.
Artículo 2.- La Emisión constará de sellos ordinarios y
aéreos, con un total de Nueve Millones Doscientos sesenta Mil
(9.2600.000) sellos que tendrán un valor fiscal de Cinco Millones
Cuatrocientos Mil Quinientos Córdobas ($ 5.400,500.00), conforme el
siguiente detalle:
PARA EL SERVICIO
POSTAL
ORDINARIO
Cantidad: Valor: Diseños:
1.000.000 C$ 0.05 Retratos de Monseñor
1.000.000 0.10 Spellman y motivos de
2.000.000 0.15 su visita a Nicaragua
500.000 0.20
800.000 0.25
30.000 Hojas Miniaturas incluyendo los valores de C$ 0.05, 0.10,
0.15, 0.20 y 0.25.
PARA EL SERVICIO
POSTAL
AÉREO
Cantidad: Valor: Diseños:
500.000 C$ 0.30 Retratos de Monseñor
1.000.000 0.45 Spellman y motivos de
1.000.000 0.85 su visita a Nicaragua.
200.000 1.00
500.000 120
200.000 3.00
200.000 5.00
30.000 Hojas Miniaturas incluyendo los valores de C$ 0.30, 0.45,
0.85, 1.00, 2.00, 3.00 y 5.00.
Artículo 3.- La impresión de estos sellos deberá ser por
cualquiera de los sistemas de Helio Grabado, Hueco Grabado, Grabado
en Acero y Litografía y Off Set, llenándose de previo todos los
trámites, de Licitación y demás que la Ley de la materia
señala.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigor desde su
Publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, D. N., a los veintiún días
del mes de Febrero de mil novecientos cincuenta y nueve. (f)
LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República. (f) KARL
J. C. H. HUECK, Ministro de Hacienda y Crédito Público.
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