Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO, MANDANDO QUE TODO
MILITAR SE PRESENTE AL GOBIERNO PARA PRESTAR SUS SERVICIOS EN
DEFENZA DEL ÓRDEN
Aprobado el 3 de Julio de 1869
Publicado en La Gaceta No. 28 del 10 de Julio de 1869
El S. P. E. se ha servido emitir el decreto que sigue.
El Presidente de la República á sus habitantes.
Considerando: que el movimiento sedicioso ocurrido en León el 26
del ppdo. obliga al Gobierno á hacer la defenza del orden i á dar
seguridad á la propiedad i vida de los Nicaragüenses,
Decreta:
1º. Todo militar que no esté en actual servicio, se presentará ante
el Gobierno para defender, la causa del orden amenazado por los
sediciosos.
2º. El que no se presente dentro de ocho días, queda por el mismo
hecho destituido del grado militar que tenga, sin perjuicio de las
providencias que el Gobierno dicte para castigar semejante cobardía
ó complicidad en la sedición.
Dado en Managua, 3 de julio del año de 1869- Fernando
Guzmán. El Ministro de Guerra- Tomas Ayon.
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