Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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(DECRETO MANDANDO HACER UN
RESELLO DE ESTAMPILLAS)
DECRETO No. 19, Aprobado el 25 de Noviembre de 1936
Publicado en La Gaceta No. 264 del 30 de Noviembre de 1936
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO
Que están por terminarse las existencias de sellos postales de C$
0.01 y C$ 0.02, habiendo en cambio existencias de otros valores
superiores que tienen por consumo; e imponiéndose la necesidad de
hacer la debida provisión para abastecer a las Administraciones de
Rentas de la República.
DECRETA
Artículo 1.- Usándose tinta negra, mandar a desvalorizar y
resellar en los talleres de la Imprenta nacional las siguientes
cantidades y valores de sellos postales, de conformidad con el
siguiente detalle:
36,000 sellos de C$ 0.04 para convertirlos a C$ 0.01 c/u
8,000 sellos de C$ 0.03 para convertirlos a C$ 0.01 c/u
8,000 sellos de C$ 0.06 para convertirlos a C$ 0.01 c/u
15,000 sellos de C$ 0.10 para convertirlos a C$ 0.02 c/u
5,000 sellos de C$ 0.15 para convertirlos a C$ 0.02 c/u
17,000 sellos de C$ 0.20 para convertirlos a C$ 0.02 c/u
10,000 sellos de C$ 0.50 para convertirlos a C$ 0.02 c/u
19,000 sellos de C$ 1.00 para convertirlos a C$ 0.02 c/u
Artículo 2.- Para su debido control, los sellos postales así
desvalorizados, llevarán además de impreso su valor respectivo,
colocado en el lugar acostumbrado, la marquilla 1936, también en
tinta negra.
Artículo 3.- Una vez que estas especies estén desvalorizadas
y reselladas conforme el detalle de los artículos 1º y 2º del
presente Decreto, serán puestas al expendio público.
Dado en Managua, D. N., Casa Presidencial, a los veinticinco días
del mes de Noviembre de mil novecientos treinta y seis. C.
Brenes Jarquín. El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Benito Ramírez.
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