Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO FEDERAL DE 18 DE ABRIL
DE 1836, QUE ESPLICA LA CONSTITUCION EN CUANTO A LA PRISION DE LOS
DEUDORES
Código de la Legislación de la República de Nicaragua. Libro
Primero. De la Rocha, Jesús
El Congreso federal de la República de Centro América. Teniendo
presente: que la interpretación comunmente dada a l os artículos
155 i 156 de la Constitución, estimando que prohiben la prision por
deudas, abre la puerta a los delitos de fraude que encontrarian en
los prestamistas, cuando estos no pueden apoyar su reintegro en la
lei i en los apremios.
Considerando que la impunidad de tales delitos aumenta su número,
siembra la desconfianza, i ataca en su base el comercio i la
agricultura.
Deseando evitar que su falsa interpretación sea tan funesta a la
moral pública, como es dañosa al mutuo sosten que se deben todos
los habitantes en sus necesidades recíprocas,
DECRETA:
Que los Artículos 155 i 156 de la Constitucion no impiden la
prisión i las penas correccionales contra los que cometen fraudes
en los contratos i contra los deudores fraudulentos, i son vijentes
las leyes que las establecen.
NOTA: Se respeta
el contenido original del texto, conservando la ortografía,
gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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