Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO EJECUTIVO SOBRE "COMITÉ
COORDINADOR DE LOS PROGRAMAS DE ASISTENCIA FINANCIERA Y TÉCNICA
INTERNACIONAL"
Decreto No. 238 de 19 de noviembre de 1969
Publicado en La Gaceta No. 278 de 3 de diciembre de 1969
En la ciudad de Managua, Distrito Nacional, a las once y cuarenta y
cinco minutos de la mañana del día diecinueve de noviembre de mil
novecientos sesenta y nueve. Reunidos en Casa Presidencial, en
Consejo de Ministros, los infrascritos Señores: Doctor Mariano
Buitrago Aja, Ministro de la Gobernación, Doctor Lorenzo Guerrero,
Ministro de Relaciones Exteriores; Licenciado Juan José Martínez ,
Ministro de Economía, Industria y Comercio; General de Brigada GN,
Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público; Ingeniero
J. Antonio Mora, Ministro de Educación Pública, Ingeniero Alfonso
Callejas Deshon, Ministro de Obras Públicas; General de Brigada GN.
Francisco Büchting, Ministro de Defensa, Doctor Alceo Tablada
Solís, Ministro de Agricultura y Ganadería, por la Ley, Doctor
Francisco Urcuyo Maliaño, Ministro de Salud Pública; y Licenciado
Ernesto Navarro Richardson, Ministro de Trabajo, previa citación
del Señor Presidente de la República General de División Dona
Anastasio Somoza, quien preside este Consejo, y con asistencia del
Doctor Luis Valle Olivares, Secretario de la Presidencia de la
República, que autoriza, resolvieron dictar el siguiente
Acuerdo:
El Presidente de la República,
En Consejo de Ministros,
Acuerda:
Único.-Reformar y adicionar el Decreto Ejecutivo No. 206 del
10 de enero de mil novecientos sesenta y ocho, publicado en La
Gaceta No. 18 del 22 del mismo mes y año, en el sentido de que el
Comité se denominará "Comité Coordinador de los Programas de
Asistencia Financiera y Técnica Internacional", el que tendrá
también a su cargo la coordinación y supervisión de los programas
que ser realicen con asistencia técnica y financiera de cualquiera
otra institución crediticia, además de las ya mencionadas en el
Decreto aludido anteriormente. En consecuencia todas las
Dependencias Estatales, Entes Autónomos, y Empresas
Descentralizadas deberán coordinar con el Comité todos los
programas que realicen bajo los conceptos aquí expresados.
Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional a los
diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y
nueve.- A. SOMOZA, Presidente de la República; Ministro de la
Gobernación, Mariano Buitrago Aja, , Ministro de Relaciones
Exteriores; Lorenzo Guerrero, Ministro de Economía, Industria y
Comercio; Juan José Martínez, Ministro de Hacienda y Crédito
Público; Gustavo Montiel, Ministro de Educación Pública, J. Antonio
Mora, Ministro de Obras Públicas; A. Callejas D., Ministro de
Defensa, Francisco Büchting, Ministro de Agricultura y Ganadería,
por la Ley, Alceo Tablada S., Ministro de Salud Pública; Francisco
Urcuyo M. y Ministro de Trabajo, Ernesto Navarro R., El Secretario
de la Presidencia de la República, Luis Valle
Olivares.
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