Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO DE RATIFICACIÓN DEL
CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO DEL ALBA
DECRETO EJECUTIVO No. 58-2009, Aprobado el 29 de Julio del
2009
Publicado en La Gaceta No 144 del 3 de Agosto del 2009
El Presidente de la República de Nicaragua
CONSIDERANDO
I
Que el gobierno de la República de Nicaragua suscribió con fecha
cinco de Noviembre del año dos mil ocho 2008, el Convenio
Constitutivo del Banco del Alba, adoptado en Caracas,
República Bolivariana de Venezuela.
II
Que la Asamblea Nacional aprobó el referido Convenio
Constitutivo del Banco del Alba, mediante Decreto
Legislativo Número 5743 del dos de julio del año dos mil nueve,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número ciento treinta y dos
(132) del quince de julio del año dos mil nueve.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE RATIFICIACIÓN DEL CONVENIO CONSTITUTIVO DEL BANCO DEL
ALBA.
Artículo 1. Ratificar el Convenio Constitutivo del
Banco del Alba, adoptado en Caracas, República Bolivariana
de Venezuela, el pasado cinco de Noviembre del año dos mil
ocho.
Artículo 2. Expedir el Instrumento de Ratificación para su
depósito en el Ministerio del Poder Popular para Relaciones
Exteriores de la República Bolivariana de Venezuela.
Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto,
publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día veintinueve
de Julio del año dos mil nueve. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA,
Presidente de la República de Nicaragua. Salvador Vanegas
Guido, Secretario de la Presidencia, Encargado del Despacho de
la Secretaría Privada para Políticas Nacionales.
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