Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO DE
MODIFICACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA POLÍTICA ANUAL DE
ENDEUDAMIENTO PÚBLICO 2016
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua
Triunfa
DECRETO No. 19-2016,
Aprobado el 22 de Noviembre de 2016
Publicado en La Gaceta No. 227 del 1 de Diciembre de 2016
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO:
I
Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional logró gestionar
más recursos externos para desarrollar proyectos dirigidos a
sectores importantes para el país como transporte, apoyo
presupuestario y el mejoramiento de los medios de vida que impactan
las zonas rurales.
II
En virtud de lo relacionado en el considerando que antecede se hace
necesario modificar el Límite Máximo de Contratación de Deuda
Externa del Gobierno Central, tal y como se detalla a continuación
en el presente Decreto.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECRETO DE MODIFICACIÓN DE LOS LINEAMIENTOS DE LA
POLÍTICA ANUAL DE ENDEUDAMIENTO PÚBLICO 2016
Artículo 1. Se modifica el artículo 4 del Decreto No.
25-2015, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 142 del 30 de
julio del año 2015.
Artículo 2. El artículo 4 quedará establecido de la
siguiente manera:
Artículo 4. Limites máximos de
Contratación.
Los montos máximos de deuda a contratar, para las entidades del
Sector Público, se establecen a continuación:
Los límites máximos de contratación para las empresas públicas se
establecen de manera indicativa, lo que significa que el Comité
Técnico de Deuda, podrá modificar dicho monto en caso de ser
necesario.
No obstante lo anterior, para poder hacer uso del monto total
reflejado, las Empresas tienen que cumplir con todos los requisitos
y procedimientos establecidos en la Ley General de Deuda Pública y
su Reglamento, antes de hacer efectiva la contratación.
Artículo 3. El presente Decreto surte sus efectos a partir
de su publicación. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día veintidós de noviembre del año dos mil dieciséis.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Iván Acosta Montalván, Ministro de Hacienda y
Crédito Público.
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