Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO DE ADSCRIPCIÓN DE LA
OFICINA DE ÉTICA PÚBLICA (OEP) A LA SECRETARÍA PRIVADA PARA
POLÍTICAS NACIONALES DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua
Triunfa
DECRETO No. 40-2012, Aprobado el 30 de Octubre de 2012
Publicado en La Gaceta No. 211 del 5 de Noviembre de 2012
El Presidente de la República de Nicaragua
Comandante Daniel Ortega Saavedra
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DECRETO DE ADSCRIPCIÓN DE LA OFICINA DE ÉTICA PÚBLICA (OEP) A LA
SECRETARÍA PRIVADA PARA POLÍTICAS NACIONALES DE LA PRESIDENCIA DE
LA REPÚBLICA.
Artículo 1. Se adscribe la Oficina de Ética Pública (OEP) a
la Secretaría Privada para Políticas Nacionales de la Presidencia
de la República.
Artículo 2. La Oficina de Ética Pública (OEP), mantiene su
competencia, atribuciones y funciones que tenía en la Procuraduría
General de la República, organizada en dos áreas de trabajo: La de
Prevención (Análisis de Riesgos) y la de Promoción y
Educación.
La Oficina de Ética Pública estará subordinada a la Secretaría
Privada para Políticas Nacionales, en todas las competencias,
atribuciones, jerarquías, funciones, organización, presupuesto,
administrativas, de nombramiento y remoción de personal.
Artículo 3. Se deroga el Decreto Número 49-2009, publicado
en La Gaceta, Diario Oficial No. 128 del 9 de Julio de 2009, en
donde se adscribía la Oficina de Ética Pública (OEP) a la
Procuraduría General de la República.
Artículo 4. El presente Decreto entrara en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día treinta de Octubre del año dos mil doce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para
Políticas Nacionales.
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