Decreto De Adhesión A La Constitución De La Unión Internacional De Telecomunicaciones, Convenio De La Unión Internacional De Telecomunicaciones Y Sus Respectivas Enmiendas
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO DE ADHESIÓN A LA
CONSTITUCIÓN DE LA UNIÓN INTERNACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES, CONVENIO DE LA UNIÓN INTERNACIONAL
DE
TELECOMUNICACIONES Y SUS RESPECTIVAS ENMIENDAS
Decreto No. 11-98. Aprobado el 3 Febrero 1998.
Publicado en la Gaceta No. 32 del 17 de Febrero de 1998.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el 22 de Diciembre de 1992, fueron suscritos en Ginebra, Suiza,
la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y
el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.
II
Que el 14 de Octubre de 1994 fueron suscritas en Kyoto las
Enmiendas de la Constitución y Convenio de la Unión Internacional
de Telecomunicaciones referidas.
III
Que la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) es un órgano
especializado de la organización de las Naciones Unidas que tiene
por objeto la cooperación internacional en los servicios de toda
clase de telecomunicaciones.
En uso de sus facultades
HA DICTADO:
El siguiente
DECRETO DE ADHESIÓN A LA CONSTITUCIÓN DE LA UNIÓN INTERNACIONAL
DE TELECOMUNICACIONES, CONVENIO DE LA UNIÓN INTERNACIONAL DE
TELECOMUNICACIONES Y SUS RESPECTIVAS ENMIENDAS
Artículo 1.- Adherirse a la Constitución de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones, Convenio de la Unión
Internacional de Telecomunicaciones y sus respectivas Enmiendas,
suscritos en Ginebra, Suiza, el 22 de Diciembre de 1992 y sus
respectivas Enmiendas suscritas en Kyoto, Japón, el 14 de Octubre
de 1994.
Artículo 2.- Someter dicha Adhesión a la aprobación de la
Honorable Asamblea Nacional.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial a los tres días del
mes de Febrero de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO
ALEMÁN LACAYO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- EDUARDO
MONTEALEGRE R.- MINISTRO DE LA PRESIDENCIA.
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