Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECRETO (AMNISTÍA,
AMPLIACIÓN)
Aprobada el 14 de Agosto de 1915
Publicado en La Gaceta No. 186 del 17 de Agosto de 1915
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de la facultad que le confiere el inciso 7° del Art. 111 de
la Constitución, y con el propósito de promover el olvido de
pasadas disenciones y de fomentar la concordia entre los
nicaragüenses,
DECRETA:
Art. 1.- Concédese amnistía, amplia e incondicional, de
todos los delitos políticos y de los comunes conexos con aquellos,
que hubiesen sido perpetrados durante el movimiento revolucionario
de 1912.
Art. 2.- El presente comenzará a regir desde su publicación
en La Gaceta, y comprende las causas pendientes, cualquiera que sea
el estado en que se hallen; pero no se extiende a las
responsabilidades civiles ya declaradas en sentencia firme.
Comuníquese Palacio Nacional Managua, 14 de agosto de 1915
ADOLFO DÍAZ El Ministro de la Gobernación ALFONSO
AYÓN.
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