Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
-
DECRETO, ABOLIENDO EL DERECHO
ESPECIAL PARA LA IMPORTACIÓN DE VINOS, CERVEZAS, &
Aprobado el 30 de Abril de 1879
Publicado en La Gaceta No 20 del 3 de Mayo de 1879
El Presidente de la República, á sus habitantes: en uso de sus
facultades, Decreta:
Art. 1°- Desde el 1º de Septiembre próximo, queda abolido el
derecho especial establecido para la importación de vinos, cervezas
i tabacos habanos. En consecuencia, de esa fecha en adelante,
estarán sujetos esos artículos al pago de los derechos jenerales de
aduana.
La importación de los tabacos espresados, siempre requerirá el
permiso prévio del Gobierno.
Art. 2°- Derógase toda disposición que se oponga á la
presente.
Dado en Managua, á 30 de Abril de 1879 Joaquín Zavala El
Ministro de Hacienda E. Benard.
-