Declárese Zonas Catastradas Los Municipios De Somoto, Totogalpa, Yalaguina, Palacaguina, San Lucas Y San Juan De Rio Coco Del Departamento De Madriz

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Decretos Ejecutivos - DECLÁRESE ZONAS CATASTRADAS LOS MUNICIPIOS DE SOMOTO, TOTOGALPA, YALAGUINA, PALACAGUINA, SAN LUCAS Y SAN JUAN DE RÍO COCO DEL DEPARTAMENTO DE MADRIZ DECRETO No 18-2013, Aprobado el 14 de Mayo del 2013 Publicado en La Gaceta No 92 del 21 de Mayo del 2013 Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa DECRETO No. 18-2013 El Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra CONSIDERANDO ÚNICO Que se cuenta con las condiciones y los elementos técnicos y financieros suficientes para el establecimiento del Catastro Físico en los Municipios de Somoto, Totogalpa, Yalagüina, Palacagüina, San Lucas y San Juan de Río Coco del Departamento de Madriz, conforme a la propuesta recibida de la Comisión Nacional de Catastro, según lo establece el numeral 19 del artículo 13 de la Ley No. 509, Ley General de Catastro Nacional, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 17 de Enero del 2005. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO DECLÁRESE ZONAS CATASTRADAS LOS MUNICIPIOS DE SOMOTO, TOTOGALPA, YALAGÜINA, PALACAGÜINA, SAN LUCAS Y SAN JUAN DE RÍO COCO DEL DEPARTAMENTO DE MADRIZ. Artículo 1. Declárese Zonas Catastradas los Municipios de Somoto, Totogalpa, Yalagüina, Palacagüina, San Lucas y San Juan de Río Coco del Departamento de Madriz para los efectos consignados en el artículo número 23 de la Ley No. 509, Ley General de Catastro Nacional, publicada en la Gaceta, Diario Oficial No. 11 del 17 de Enero del 2005 y artículo número 47 de su Reglamento, publicado en la Gaceta, Diario Oficial No. 176 del 9 de Septiembre del 2005. Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día catorce de Mayo del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -