Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
-
DECLÁRESE LIBRE DE CONTRATACIÓN
Y COMERCIO LA EXPORTACIÓN DE MAÍZ AMARILLO, FRIJOLES NEGROS, SORGO
Y SOYA
DECRETO No. 132-MEIC; Aprobado el 13 de Enero de 1975
Publicado en La Gaceta No. 23 del 28 de Enero de 1975
DECRETO No. 132-MEIC
EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA,
Vista la necesidad de diversificar y aumentar la producción de
granos y fomentar las inversiones en ese campo de la actividad
nacional para incrementar nuestras exportaciones asegurando a la
vez, el abastecimiento de alimentos básicos en la República,
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren el Arto. 194, inciso 3.
Cn., y los numerales 1), 2) y 6) del Arto. 12 de la Ley Creadora de
Ministerio de Estado y otras Dependencias del Poder
Ejecutivo,
DECRETA:
PRIMERO: Se declara de libre contratación y comercio en el
país y fuera de él particularmente para los efectos de exportación,
la producción nacional de: Maíz Amarillo, Frijoles Negros, Sorgo y
Soya.
SEGUNDO: Este Decreto reforma el Decreto No. 2-MEIC de
veinticuatro de Diciembre de mil novecientos setenta y dos; surte
sus efectos a partir de esta fecha, y deberá publicarse en La
Gaceta, Diario Oficial.
COMUNÍQUESE: Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional,
trece de Enero de mil novecientos setenta y cinco.- (f) A.
SOMAZA D., Presidente de la República.- (f) JORGE ZELEDÓN
ROSALES, Vice-Ministro de Economía, Industria y Comercio,
Encargado del Despacho.
-