Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
-
(DECLÁRASE LEGAL Y SOLEMNEMENTE
INSTALADA LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE)
Aprobado el 15 de Diciembre de 1938
Publicado en La Gaceta No. 273 del 17 de Diciembre de 1938
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que la Asamblea Nacional Constituyente de la República de
Nicaragua, ha ordenado lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE
DECRETA:
Único - Declarase legal y solemnemente instalada la Asamblea
Nacional Constituyente de la República.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional constituyente
- Managua, Distrito Nacional, quince de Diciembre de mil
novecientos treinta y ocho. E. AGUADO, Presidente.
GUILLERMO SEVILLA SACASA, ANDRÉS LARGAESPADA, Primer
Secretario Segundo Secretario.
Por Tanto: - Publíquese - Palacio Presidencial Managua, Distrito
Nacional, quince de Diciembre de mil novecientos treinta y ocho.
A. SOMOZA, Presidente de la República. El Ministro de la
Gobernación, por la ley, GUSTAVO ABAUNZA.
-