Declárase De Utilidad Pública El Programa Granja Experimental Porcina Del Ministerio Agropecuario Y Forestal (Magfor)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - (DECLÁRASE DE UTILIDAD PÚBLICA EL PROGRAMA GRANJA EXPERIMENTAL PORCINA DEL MINISTERIO AGROPECUARIO Y FORESTAL (MAGFOR) ) DECRETO No. 57-99, Aprobado el 27 de Abril de 1999 Publicado en La Gaceta No. 112 del 14 de Junio de 1999 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que el Gobierno de la República de Nicaragua, ha suscrito con el Gobierno de la República de China un Convenio de Cooperación y de Asistencia Técnica en los rubros agropecuarios y acuícolas. II Que el fomento de la porcinocultura es de vital importancia para el desarrollo agropecuario de la nación. En uso de sus facultades que le confiere la Constitución política HA DICTADO El siguiente DECRETO Artículo 1.- De conformidad con el Artículo 5 de la Ley de Expropiación, Decreto No. 229 del 26 de Febrero de 1976, declárase de Utilidad Pública el Programa Granja Experimental Porcina del Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR), y por considerarse necesario para el mismo programa, se afecta parcialmente el siguiente bien Inmueble propiedad de Porky Sociedad Anónima. Inscrito bajo el No. 31052; Tomo 466; Folio 263; Asiento 5to, Columna de Inscripciones, Sección de Derechos Reales, Libro de Propiedades del Registro de la Propiedad Inmueble del Departamento de Managua, con una superficie de 62 manzanas y con los siguientes linderos: Norte Lote No. 4 del doctor Rodolfo Mejía Ubilla; Sur: Resto de la hacienda La Esperanza, de Maria Solís de Mejía; Oriente: Camino de Cofradía y de por medio terrenos del caserío de Cofradía y Occidente: Terreno de la hacienda San Cristóbal. El área afectada por esta Declaratoria de Utilidad Publica, corresponde a 4 manzanas; las que se ubican del Centro Escolar Rubén Darío carretera de macadán de por medio, la que conduce a Nindirí; 680 metros al Oeste, donde inicia la poligonal punto PI.1 con rumbo Norte dos grados veintitrés minutos y cinco segundos Este (N 02 23 05 E), se mide una distancia de doscientos veinticinco punto diecinueve metros (225.19 mts), y se llega al punto PI. 2, con rumbo Norte ochenta y siete grados, cuarenta minutos y cuarenta y siete segundos Oeste (N 87 40 47W), se mide una distancia de ciento nueve punto cuarenta y dos metros ( 109.42 mts), y se llega al punto Pl. 3, con rumbo Sur ocho grados, cincuenta y seis minutos, cincuenta y un segundos Oeste (S 08 56 51 W) se mide una distancia de noventa y cuatro punto cincuenta y ocho metros (94.58 mts), y se llega al Pl. 4 con rumbo Sur treinta y cinco grados treinta y tres minutos, diecisiete segundos Oeste (S 35 33 17 W), se mide una distancia de noventa puntos sesenta y un metros (90.61 mts), se llega al punto Pl. 5, con rumbo Sur nueve grados, cincuenta y nueve minutos, cuarenta y ocho segundos Oeste (S 09 59 48"W), se mide una distancia de cincuenta y dos punto diecinueve metros (52.19 mts) y se llega al punto Pl-6, con rumbo Sur ochenta y seis grados, veintiocho minutos veintisiete segundos Este (S 86 28 27E), midiendo una distancia de ciento setenta y seis punto setenta y cinco metros (176.75 mts) llegándose a l punto de inicio de la poligonal (PI. 1I). Artículo 2.- Nómbrase Unidad Ejecutora para el caso de Expropiación y todo lo relativo a la adquisición de los derechos para este programa, al Ministerio Agropecuario y Forestal. Las personas cayos derechos consideren afectados por esta declaración, deberán comparecer ante la Dirección Administrativa Financiera del Ministerio Agropecuario y Forestal, dentro de un término de quince días. Artículo 3.- Las personas que resultaren afectadas como consecuencia de la Expropiación derivada del presente Decreto, serán indemnizadas de conformidad con la Ley. Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde su publicación en "La Gaceta" Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los veintisiete días del mes de Abril de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua. -