Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Energética
Rango: Decretos Ejecutivos
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DECLARACIÓN DE ÁREA DE RECURSOS
GEOTÉRMICOS
DECRETO No. 12-2006, Aprobado el 21 de Febrero del
2006
Publicado en La Gaceta No. 42 del 28 de Febrero del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que de conformidad con el artículo 13 de la Ley No. 443, Ley de
Exploración y Explotación de Recursos Geotérmicos, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 222 del 21 de noviembre de 2002, es
facultad del Presidente de la República, a propuesta de la Comisión
Nacional de Energía (CNE), declarar áreas de recursos geotérmicos
que han sido identificadas a través de investigaciones
preliminares.
II
Que la Comisión Nacional de Energía (CNE), luego de las
investigaciones preliminares y la identificación de las zonas
conforme lo dispone la Ley No. 443, ha propuesto al Presidente de
la República, la declaración de área de recursos geotérmicos.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Declaración de Área de Recursos Geotérmicos
Arto 1.- Se declara área de recursos geotérmicos, el Área
del Volcán CasitaSan Cristóbal.
Arto 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua. Casa Presidencial, a los veintiún
días del mes de febrero del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS
GEYER, Presidente de la República de Nicaragua.
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