Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Decretos Ejecutivos
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DE TRASLADO DEL PROGRAMA DEL
MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA URBANA Y
RURAL
DECRETO No. 84-2002, Aprobado el 06 de Septiembre del
2002
Publicado en La Gaceta No. 172 del 11 de Septiembre del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE TRASLADO DEL PROGRAMA DE
MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA AL INSTITUTO DE LA VIVIENDA URBANA Y
RURAL
Artículo 1.- Se traslada el Programa de Mejoramiento de
Vivienda bajo la dependencia del Ministerio de la Familia al
Instituto de la Vivienda Urbana y Rural.
Artículo 2.- Créase la Comisión de Traspaso del Programa
de Mejoramiento de Vivienda bajo la dependencia del Ministerio de
la Familia de acuerdo con los Decretos Números 3-2002 y 11-2002
publicado en las Gacetas Números 15 y 38 del 23 de Enero y 25 de
Febrero de 2002 respectivamente al Instituto de Vivienda Urbana y
Rural.
Artículo 3.- La Comisión tiene por objeto efectuar el
inventario de los recursos materiales y determinar activos y
pasivos, así como cualquier asunto pertinente.
Artículo 4.- La Comisión estará integrada por dos
delegados del Ministerio de la Familia y del Instituto de la
Vivienda Urbana y Rural.
Artículo 5.- Instrúyase a la Ministra de la Familia y al
Presidente Ejecutivo del Instituto de la Vivienda Urbana y Rural a
acreditar sus respectivos delegados en un plazo no mayor de tres
días a partir de la vigencia del presente Acuerdo, los que deberán
tener plena capacidad en la toma de decisiones.
Artículo 6.- Facúltese a la Comisión para elaborar un
plan de trabajo, debiendo concluir su mandato a más tardar el 20 de
Septiembre.
Artículo 7.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el seis de
Septiembre del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,
Presidente de la República de Nicaragua.
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