De Reforma Y Adición Al Reglamento De La Ley No. 290, Ley De Organización, Competencias Y Procedimientos Del Poder Ejecutivo, Decreto No. 71-98 Y Sus Reformas.

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Ejecutivos - DE REFORMA Y ADICIÓN AL REGLAMENTO DE LA LEY NO. 290, LEY DE ORGANIZACIÓN, COMPETENCIAS Y PROCEDIMIENTOS DEL PODER EJECUTIVO, DECRETO NO. 71-98 Y SUS REFORMAS. DECRETO No. 24-2011, Aprobado el 09 de Abril del 2011 Publicado en La Gaceta No. 69 del 11 de Abril del 2011 Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa. El Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO De Reforma y Adición al Reglamento de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo, Decreto No. 71-98 y sus Reformas. Artículo 1. Se reforma el artículo 58 del Reglamento de la Ley No. 290, Decreto No. 71-98 y sus Reformas, en el sentido de que se adiciona dentro de la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores, el numeral 1.3 que se leerá así: "Arto. 58...1.3. Secretaría de Ceremonial y Protocolo del Estado". Artículo 2. Se reforma la Sección 1 del Capítulo II, en el sentido de que se agrega a su título "Secretaría de Ceremonial y Protocolo del Estado", y se adiciona un artículo 59 ter, todo lo cual se leerá así: "Sección 1. Secretaría de Relaciones Económicas y Cooperación, Secretaría para Asuntos Indígenas y Secretaría de Ceremonial y Protocolo del Estado". "Art. 59 ter. Secretaría de Ceremonial y Protocolo del Estado: Corresponde a un Secretario con rango de Vice Ministro. Esta Secretaría coordinará y dirigirá todos los asuntos relacionados con las normas sobre Ceremonial y Protocolo del Estado". Artículo 3. El presente Decreto surte sus efectos a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, a los nueve días del mes de abril del año dos mil once. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA., Presidente de la República de Nicaragua. Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores. -