De Reforma Al Decreto No. 85-2002, De Creación Del Comité Técnico Para La Obtención De Insumos Del Plan Urbanístico Especial Para La Demarcación Y Ordenamiento De Los Asentamientos Humanos Espontáneos
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Propiedad
Rango: Decretos Ejecutivos
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DE REFORMA AL
DECRETO No. 85-2002, DE CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA
OBTENCIÓN DE INSUMOS DEL PLAN URBANÍSTICO ESPECIAL PARA LA
DEMARCACIÓN Y ORDENAMIENTO DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS
ESPONTÁNEOS
DECRETO No. 32-2003.
Aprobado el 31 de Marzo del 2003.
Publicado en La Gaceta No. 65 del 2 de Abril del 2003.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO:
El siguiente:
DECRETO:
DE REFORMA AL DECRETO No.
85-2002, DE CREACIÓN DEL COMITÉ TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN DE
INSUMOS DEL PLAN URBANÍSTICO ESPECIAL PARA LA DEMARCACIÓN Y
ORDENAMIENTO DE LOS ASENTAMIENTOS HUMANOS
ESPONTÁNEOS
Artículo 1.- Se reforma el artículo 2 del Decreto No.
85-2002, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, No. 172 del 11 de
Septiembre del 2002, el cual se leerá así:
Arto. 2.- El Comité Técnico será presidido por el Alcalde
del Municipio de Managua o su Delegado, y estará integrado
por:
1. Alcaldía de Managua.
2. Empresa Nicaragüense de Acueducto y Alcantarillados.
3. Procuraduría General de la República.
4. Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales.
5. Intendencia de la Propiedad del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público.
6. Ministerio de Transporte e Infraestructura.
7. Oficina de Titulación Urbana, del Ministerio de Hacienda y
Crédito Público.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, el día treinta y
uno de Marzo del año dos mil tres.- ENRIQUE BOLAÑOS GEYER.-
Presidente de la República de Nicaragua.
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