Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Energética
Rango: Decretos Ejecutivos
-
DE REFORMA AL DECRETO No. 42-98,
REGLAMENTO DE LA LEY No 272, LEY DE LA INDUSTRIA
ELÉCTRICA
DECRETO EJECUTIVO No. 34-2009, Aprobado el 27 de Mayo del
2009
Publicado en La Gaceta No. 102 del 3 de Junio del 2009
El Presidente de la República de Nicaragua,
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE REFORMA AL DECRETO No. 42-98, REGLAMENTO DE LA LEY No 272,
LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA
Artículo 1. Reformase el artículo 137 del Decreto No. 42-98,
"Reglamento de la Ley No. 272, Ley de la Industria Eléctrica",
publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 116 del 23 de Junio de
1998, el cual se leerá de la siguiente manera:
"Arto.137. Previa autorización del Ministerio de Energía y Minas y
transcurrido tres años a partir de la fecha de la firma del
contrato, las concesiones o licencias, incluyendo los bienes y
derechos destinados a su objeto, podrán ser transferidas a terceros
calificados.
Se exceptúa de lo antes dispuesto, cuando la cesión de la licencia
o concesión se efectué en garantía de un crédito obtenido con
instituciones financieras; ya sean estas nacionales o
internacionales destinadas al financiamiento para el desarrollo del
proyecto. En caso de que dicha Cesión en garantía fuere ejecutada
por el acreedor, este deberá convenir con una entidad de amplia y
reconocida experiencia técnica y con capacidad financiera la
continuidad del proyecto, para poder efectuar tal convenio, la
concesionaria o licenciataria deberá obtener la autorización previa
del Ministerio de Energía y Minas a quien corresponderá determinar
la capacidad técnica financiera referida en un plazo que no podrá
exceder los noventa días."
Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los veintisiete
días del mes de Mayo del año dos mil nueve. DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. Emilio
Rappaccioli Baltodano Ministro de Energía y Minas
-