De Reforma Al Decreto. No 40-94, Ley Orgánica Del Inatec

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Ejecutivos - DE REFORMA AL DECRETO. No 40-94, LEY ORGÁNICA DEL INATEC DECRETO EJECUTIVO No. 59-2009, Aprobado el 31 de Julio del 2009 Publicado en La Gaceta No. 147 del 6 de Agosto del 2009 El Presidente de la República En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO De Reforma al Decreto No. 40-94, Ley Orgánica del Instituto Nacional Tecnológico (INATEC), publicado en La Gaceta No. 192 del 14 de Octubre de 1994. Artículo 1. Se reforma el Artículo 11 del Decreto No. 40-94, el cual se leerá así: El Consejo Directivo estará integrado en la forma siguiente: a) Cuatro miembros por el Sector Público: El Ministro del Trabajo, quien actuará como Presidente de dicho Consejo; el Ministro de Educación o su Representante, el Ministro de Finanzas o su representante y el Ministro de Economía y Desarrollo o su representante. b) Tres miembros por el sector privado y Dos por los trabajadores. Los miembros representantes del sector privado y de los trabajadores serán nombrados por el Presidente de la República de ternas presentadas por estos sectores, las que serán solicitadas por la Presidencia de la República, procurando escoger a personas vinculadas a la Formación Profesional y que serán designadas por un período de dos años, renovables por un periodo igual. Artículo 2. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día treinta y uno de julio del año dos mil nueve, Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Salvador Vanegas Guido, Secretario de la Presidencia, Encargado del Despacho de la Secretaria Privada para Políticas Nacionales. -