De Ratificación Del “Tratado De Libre Comercio Entre La República De Nicaragua Y La República De China (Taiwán)”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - DE RATIFICACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN) DECRETO No. 80-2007, Aprobado el 15 de Agosto del 2007 Publicado en La Gaceta No. 176 del 13 de Septiembre del 2007 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, CONSIDERANDO I Que el día dieciséis de junio del año dos mil seis, en la ciudad de Taipei, República de China (Taiwán), fue suscrito el TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN). II Que la Asamblea Nacional aprobó el referido Tratado mediante Decreto A.N. Número 4971 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 13 del 18 de enero del año 2007. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE RATIFICACIÓN DEL TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN) Artículo 1.- Ratificar el TRATADO DE LIBRE COMERCIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y LA REPÚBLICA DE CHINA (TAIWÁN), suscrito en la ciudad de Taipei, República de China (Taiwán) el 16 de junio de 2006. Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los quince días del mes de agosto del año dos mil siete. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. -