De Ratificación Del Acuerdo Entre El Gobierno De La República De Nicaragua Y El Gobierno De La República De Chile, Sobre Autorización Para El Ejercicio De Actividades Remuneradas Para Familiares Dependientes Del Personal Diplomático, Consular, Técnico Y Administrativo De Las Misiones Diplomáticas Y Representaciones Consulares
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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DE RATIFICACIÓN DEL ACUERDO
ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA
REPÚBLICA DE CHILE, SOBRE AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO de
ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL
DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES
DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES CONSULARES
DECRETO No. 43-2011, Aprobado el 23 de agosto de 2011
Publicado en La Gaceta No. 164 del 31 de agosto de 2011
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
Que el Acuerdo entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el
Gobierno de la República de Chile, sobre autorización para el
ejercicio de actividades remuneradas para familiares dependientes
del personal diplomático, consular, técnico, y administrativo de
las Misiones Diplomáticas y Representaciones Consulares, firmado a
los veintidós días del mes de febrero del año dos mil once, fue
aprobada por la Asamblea Nacional (Poder Legislativo), mediante
Decreto A.N. No. 6441 a los veintidós días el mes de junio del dos
mil once, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 140 del
veintiocho de Julio del presente año.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE RATIFICACIÓN DEL ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE CHILE, SOBRE
AUTORIZACIÓN PARA EL EJERCICIO de ACTIVIDADES REMUNERADAS PARA
FAMILIARES DEPENDIENTES DEL PERSONAL DIPLOMÁTICO, CONSULAR, TÉCNICO
Y ADMINISTRATIVO DE LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y REPRESENTACIONES
CONSULARES
Artículo 1. Ratifíquese el "Acuerdo entre el Gobierno de la
República de Nicaragua y el Gobierno de la República Chile, sobre
autorización para el ejercicio de actividades remuneradas para
familiares dependientes del personal diplomático, consular, técnico
y administrativo de las Misiones Diplomáticas y Representaciones
Consulares", firmado en la Ciudad de Managua, a los veintidós días
del mes de febrero de dos mil once, por el Ministro de Relaciones
Exteriores Samuel Santos López y por el Embajador de la República
de Chile, Excelentísimo Señor Hernán Mena Taboada.
Artículo 2. Notificar por medio del Ministerio de Relaciones
Exteriores al Gobierno de la República de Chile, el cumplimiento de
los requisitos internos necesarios para la entrada en vigor de este
Acuerdo.
Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta Diario Oficial. Publíquese.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día veintitrés de Agosto del año dos mil once.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para
Políticas Nacionales.
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