De Ratificación De La “Convención Para La Salvaguarda Del Patrimonio Cultural Inmaterial”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - DE RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DECRETO No. 103-2005, Aprobado el 16 de Diciembre del 2005 Publicado en La Gaceta No. 245 del 20 de Diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que durante la 32ava, Reunión de la Conferencia General de los Estados Partes de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), realizada en París, Francia del 29 de septiembre al 17 de octubre de 2003, se suscribió la CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL. II Que la Asamblea Nacional aprobó la referida Convención mediante Decreto A.N. Número 4378 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 215 del 7 de noviembre del 2005. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente DECRETO DE RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL Artículo 1.- Ratificar la CONVENCIÓN PARA LA SALVAGUARDA DEL PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL, suscrita por la Conferencia General de los Estados Partes de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), en su 32ava. Reunión, celebrada en la ciudad de París, Francia, del 29 de septiembre al 17 de octubre del año 2003. Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Organismo correspondiente. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el dieciséis de diciembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -