De Ratificación De La “Convención De Las Naciones Unidas Contra La Corrupción”

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - DE RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN DECRETO No. 102-2005, Aprobado el 16 de Diciembre del 2005 Publicado en La Gaceta No. 245 del 20 de Diciembre del 2005 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO I Que el día 10 de diciembre del año 2003, en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos fue suscrita la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN. II Que la Asamblea Nacional aprobó la referida Convención mediante Decreto A.N. Número 4374 publicado en La Gaceta, Diario Oficial número 214 del 4 de noviembre del 2005. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, HA DICTADO El siguiente DECRETO DE RATIFICACIÓN DE LA CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN Artículo 1.- Ratificar la CONVENCIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA CORRUPCIÓN, suscrita en la ciudad de Mérida, Estado de Yucatán, Estados Unidos Mexicanos, el día 10 de diciembre del año 2003. Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Organismo correspondiente. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua. Casa Presidencial, el dieciséis de diciembre del año dos mil cinco. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER, Presidente de la República de Nicaragua. -